Asignado presupuesto para implementación de certificación de discapacidad

El Ministerio de Salud y Protección Social, a través de la Resolución 1516 de 2020, aseguró la asignación de $4.688.024.000 para la implementación de la certificación de discapacidad en el país. El dinero fue transferido a las entidades territoriales, departamentales y distritales tan pronto la Oficina de Promoción en Social emitió el concepto de viabilidad, al verificar la certificación expedida por las secretarias de salud en este sentido.

Tal y como lo explicó el jefe de la Oficina de Promoción Social del Ministerio de Salud, Óscar Javier Siza, serán las IPS autorizadas por las secretarías de salud las que iniciarán el proceso de certificación, en el cual se aplicará una valoración multidisciplinaria. “Este certificado le permitirá a la población con discapacidad acceder a mejores y mayor cantidad de oferta institucional, territorial y nacional en varios sectores, para que éste se adecúe a sus características de forma positiva y diferencial. Es muy importante que otras instituciones de orden nacional, departamental y municipal aúnen esfuerzos con el Ministerio de Salud para aumentar la cobertura del certificado en las próximas vigencias”.

La certificación de discapacidad es un procedimiento realizado por un equipo multidisciplinario de profesionales de la salud, quienes, en un mismo momento y en un mismo lugar, valoran a una persona para determinar si tiene alguna discapacidad.  La cartera de salud explica que esta valoración se fundamenta en estándares internacionales que se sustentan en el concepto de discapacidad, propuesto desde la Organización Mundial de la Salud (OMS) y desde la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

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“Es responsabilidad de las EPS del Régimen Contributivo y Subsidiado, entidades adaptadas y administradoras de los regímenes Especial y de Excepción garantizar que sus afiliados tengan acceso a esta valoración en las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) que conforman su red de prestadores. En caso de que se identifique que una persona tiene alguna discapacidad, el resultado de la valoración se registra en un documento llamado certificado de discapacidad y los datos se suben a un sistema de información llamado Registro para la Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad o RLCPD”.

Minsalud.

El certificado de discapacidad únicamente debe actualizarse en los siguientes casos:

  • Al cumplir 6 años de edad.
  • Al cumplir 18 años de edad.
  • Cuando, a criterio médico, exista evolución positiva o negativa de la condición de la persona.

La información contenida en el certificado de discapacidad, y por lo tanto registrada en el RLCPD, tiene dos usos posibles:

  • El primero es permitir que las entidades que cuentan con oferta de servicios y beneficios dirigidos a personas con discapacidad consulten si sus potenciales beneficiarios han sido certificados y están incluidos en el RLCPD, de manera que puedan asignarles dichos beneficios de manera prioritaria.
  • El segundo es la producción de información estadística acerca de la población con discapacidad en Colombia, la cual es un insumo fundamental para la construcción y evaluación de políticas y el desarrollo de planes, programas y proyectos orientados a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad.

Siza destacó que el Ministerio de Salud le hará el seguimiento a la ejecución de los recursos asignados y, de ser necesario, informará a las entidades de vigilancia y control, para lo de su competencia.

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